Publicada la convocatoria de ayudas al cese en la actividad de transportistas autónomos por carretera.
El pasado 12 de marzo se publicó en el BOE el extracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, por la que se convocan ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad en 2021. El plazo de presentación de las solicitudes finaliza el 12 de abril de 2021.
Las bases reguladoras de estas ayudas están recogidas en la Orden FOM/3218/2009, de 17 de noviembre (BOE, 30 de noviembre), modificada por la Orden FOM/2835/2012, de 17 de noviembre (BOE, 1 de enero de 2013) y por la Orden FOM/64/2017, de 30 de enero (BOE, 2 de febrero). La dotación económica máxima es 9.690.000 euros distribuidos entre un importe máximo de 9.540.000 euros repartidos entre los beneficiarios resultantes recogidos en la Resolución de otorgamiento, y un importe máximo de 150.000 euros para pagar los potenciales recursos estimatorios interpuestos contra dicha Resolución (en 2020 la partida asignada fue de 9,78 millones de euros distribuidos entre un importe máximo de 9.630.000 euros repartidos entre los beneficiarios resultantes recogidos en la Resolución de otorgamiento y un importe máximo de 150.000 euros para pagar los potenciales recursos estimatorios interpuestos contra dicha Resolución).
Durante este periodo, deberán haber sido titulares, en todo momento, de al menos una autorización no suspendida de las indicadas, permitiéndose únicamente una sola interrupción en dicha titularidad por un plazo que no supere tres meses. La autorización que dé lugar al otorgamiento de la ayuda deberá estar en vigor hasta el momento de la renuncia para el cobro de la subvención.
b) Si el beneficiario tuviera una edad inferior a 65 años, 5.300 euros por cada seis meses completos que le falten para cumplir la edad de sesenta y cinco años. El cómputo de los semestres se hará partiendo del 1 de junio de 2020. Los beneficiarios a los que se hubiera declarado incapacidad permanente absoluta o total no percibirán cantidad alguna por este concepto, con independencia de su edad.



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